Cuando una persona fallece sin dejar testamento, sus bienes se reparten entre sus herederos legales siguiendo las normas que nos marca el Código Civil. Este proceso se denomina sucesión intestada o abintestato y puede ser más complejo y costoso que si hubiera un testamento. De todo lo que implica le hablamos en este artículo desde el despacho de Verónica Mendoza, abogada en Vilagarcía de Arousa.
¿Quiénes son los herederos legales?
Los herederos legales son las personas que tienen derecho a recibir una parte de la herencia según el orden de parentesco establecido por la ley. El orden es el siguiente:
- En primer lugar, los hijos y descendientes del fallecido.
- El segundo lugar, si no hay hijos ni descendientes, los padres y ascendientes del fallecido. Si hay ambos padres, se reparte la herencia por mitades entre ellos. Si solo hay uno, hereda toda la parte que les corresponde a los ascendientes.
- En tercer lugar, si no hay hijos ni descendientes ni padres ni ascendientes, el cónyuge viudo del fallecido tiene derecho al usufructo de la mitad de la herencia. La otra mitad de la herencia se reparte entre los parientes colaterales del fallecido (hermanos, sobrinos, tíos, primos, etc.).
- En cuarto lugar, si no hay hijos ni descendientes ni padres ni ascendientes ni cónyuge viudo, los parientes colaterales del fallecido hasta el cuarto grado de consanguinidad.
- En quinto y último lugar, si no hay ningún pariente con derecho a heredar, el Estado.
¿Cómo se inicia el proceso de sucesión intestada?
El proceso de sucesión intestada se inicia con la declaración de herederos abintestato, que es un documento que reconoce quiénes son los herederos legales del fallecido. Esta declaración se puede solicitar ante un notario o ante un juez, dependiendo del grado de parentesco de los herederos.
Si los herederos son hijos o descendientes, padres o ascendientes o cónyuge viudo, la declaración se puede hacer ante un notario. Para ello, se necesita presentar el certificado de defunción del causante, el certificado de últimas voluntades que acredite que no hay testamento, el libro de familia o los documentos que acrediten el parentesco y el DNI de los solicitantes.
En cambio, si los herederos son parientes colaterales o el Estado, la declaración se debe hacer ante un juez. Para ello, se necesita presentar una demanda judicial con los mismos documentos que en el caso anterior y con un informe del Registro General de Actos de Última Voluntad que certifique que no existen otros posibles herederos.
Una vez obtenida la declaración de herederos abintestato, se debe proceder al inventario y valoración de los bienes del fallecido y al pago de las deudas y los impuestos correspondientes. Finalmente, se debe hacer la partición y adjudicación de la herencia entre los herederos legales según las cuotas que les correspondan.
A grandes rasgos, así se resuelve una herencia sin testamento. Ya ha podido ver que es un proceso complejo y que hay motivos suficientes para que desde nuestro despacho de abogados especialistas en herencias en Vilagarcía de Arousa le animemos a dejar siempre hecho el testamento. Si necesita soporte legal para ello, no dude en contactar con la abogada Verónica Mendoza.